XXXI Marcha a Rota

viernes, 21 de noviembre de 2014

En la lucha de clases no cabe la neutralidad


En los medios de comunicación, en la calle, en la cotidianeidad de cada día predomina un mensaje, el que la burguesía propaga sin descanso, bajo la apariencia de la legalidad más democrática de las reglas que aprueba el parlamento español como ocurre, por poner un ejemplo, con las que regulan el acceso de las mujeres a la protección social.

Es lo que se conoce como leyes neutras, cuya simple lectura lleva a la conclusión de que su contenido garantiza la igualdad entre hombres y mujeres.

Sin embargo, eso es lo que parece, porque bajo esa apariencia se encuentra la discriminación indirecta por razón de sexo, que se pone de manifiesto cuando la ley formulada de manera neutra, sin excluir a nadie, al ser aplicada perjudica a un porcentaje muy superior de mujeres que de hombres, sin que existan factores objetivos que lo justifiquen.

Así está ocurriendo con los derechos derivados de los contratos de trabajo a tiempo parcial, puesto que si sólo se computaran las horas trabajadas, en muchos casos habría que trabajar hasta edades increíbles para llegar a cobrar una pensión de jubilación.

En España, el contrato a tiempo parcial afecta, de hecho, predominantemente a las mujeres, lo que ha obligado a valorar el impacto de la regla del cómputo de los períodos de cotización para concluir que, con la aplicación de una ley, aprobada por los cauces de esta democracia, las mujeres se quedan sin protección, como en el caso en el que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha manifestado para evitar que una trabajadora, contratada a tiempo parcial, tuviera que estar en activo durante 100 años, porque antes no cumplía el requisito de cotización mínima al calcularse el período cotizado en función de las horas que trabajaba, 4 horas a la semana, es decir, el 10 % de la jornada legal en España, que es de 40 horas semanales.

El absurdo al que lleva la aplicación de algunas normas democráticas hace que sean ineficaces, que sean papel mojado, un canto al sol, aunque procedan de un acuerdo con la burguesía.

Porque estos acuerdos no garantizan los derechos de la clase obrera, al contrario, lo que consiguen es que una gran parte de los trabajadores y de las trabajadoras estén callados, narcotizados, “se ha conseguido todo lo que se podía en este momento”.

Esta práctica no es nueva, la lleva empleando la clase dominante, la burguesía, desde que llegó al poder. Basta, por ejemplo, con recordar que ya a finales del siglo XIX, para apaciguar la conflictividad, se constituyó la Comisión de Reformas Sociales, de la cual surgió la Ley de Accidentes de Trabajo de 1900, cuyo contenido no sirvió, en realidad, para que nada cambiara, sino para que todo siguiera igual y también, como ahora, en aquella época se constituyó una Comisión.

Esta Ley establecía la responsabilidad directa y objetiva del empresario, con el pago de indemnizaciones o de pensiones vitalicias a favor del trabajador accidentado o de sus familiares, en caso de fallecimiento; de tal forma que el empresario iba a ser siempre responsable de los accidentes ocurridos a sus trabajadores con motivo y en el ejercicio de su profesión o trabajo (aunque se hubieran utilizado todos los medios a su alcance en materia de prevención de riesgos laborales), salvo que el accidente se debiera a fuerza mayor, extraña al trabajo.

Hermosa redacción de la norma, cuya lectura hasta puede parecer revolucionaria. Pero ¿qué pasó con su aplicación? Que no obligaba al empresario a asegurar su responsabilidad y de esta manera, en la práctica, el trabajador y su familia se quedaban sin recibir la indemnización o la pensión, en cuanto el patrono se declaraba insolvente.

Vamos, que la burguesía no va a dar puntada sin hilo. Por eso, hay que estar permanentemente alerta, porque no basta con que se pacten las reglas de convivencia (o de connivencia), de reconocimiento de derechos, sino que debemos seguir luchando hasta que la clase obrera tome el poder para establecer las reglas jurídicas que han de regir la sociedad, para llevarlas a la práctica en defensa de la clase trabajadora y de los sectores populares.

Ignacio Pastor

http://unidadylucha.es/index.php/actualidad/1167-en-la-lucha-de-clases-no-cabe-la-neutralidad

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