XXXI Marcha a Rota

jueves, 27 de noviembre de 2014

El Supremo anula los ERE del Ayuntamiento de Estepona y de UGT de Andalucía

El Alto Tribunal ordena repetir los juicios mediante los cuales el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía aprobó ambos expedientes.


EFE, MADRID
ACTUALIZADO 27.11.2014 - 18:37
El Tribunal Supremo ha anulado los ERE aprobados en el Ayuntamiento de Estepona, que despidió a 176 trabajadores, y en la UGT de Andalucía, que extinguió 159 contratos, y ha ordenado repetir los juicios mediante los cuales el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) aprobó ambos expedientes. Es decir, el Supremo ha anulado dos sentencias del TSJA, referidas a sendos procesos, y ha ordenado repetir los juicios porque considera que "la falta de aprobación previa al juicio de la prueba en procesos de despido colectivo" no supone que esa prueba quede anulada.




En ambos procesos no se aportó a tiempo determinada prueba y no fue tenida en cuenta, pero ahora la Sala de lo Social del alto tribunal señala que el incumplimiento de la obligación de aportarla antes del juicio no puede suponer la pérdida definitiva de la misma. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) falló a favor del expediente de regulación de empleo en el Ayuntamiento de Estepona (Málaga) que supuso el despido de 176 trabajadores municipales. El consistorio basó su decisión en la falta de presupuesto y también alegaron que la plantilla estaba sobredimensionada.



Los trabajadores representados por el comité de empresa y los sindicatos presentaron recurso contra el ERE y ahora el Supremo les ha dado la razón en uno de sus argumentos, obligando a repetir el juicio. En cuanto a UGT Andalucía, el TSJA también había considerado que el despido colectivo que afectó a 159 trabajadores era ajustado a derecho, pero ahora deberá volver a estudiar el caso con la aportación de las pruebas que fueron consideradas extemporáneas.



Por su parte, el Ayuntamiento de Estepona ha afirmado en un comunicado que el Supremo "en ningún caso declara la nulidad del ERE ni pone de manifiesto irregularidades o vulneración de derechos" por parte del consistorio en este procedimiento, "de forma que el ERE sigue teniendo efectos respecto a la medida extintiva de la relación laboral". La concejala de personal, Pilar Fernández-Fígares, sostiene que el ayuntamiento entregó a la representación legal de los trabajadores, en el periodo de consultas, "documentación suficiente, poniendo de manifiesto de forma detallada la situación económica y organizativa del ayuntamiento".



Fernández-Fígares ha incidido en que llevar a cabo despidos dentro de la plantilla fue la decisión "más dolorosa" para el equipo de gobierno y que se adoptó después de agotar y negociar con los sindicatos "todas las vías posibles". La edil ha añadido que las causas objetivas que justificaron esta necesidad de reducir la plantilla fueron de naturaleza económica y organizativa. http://www.diariodejerez.es/article/andalucia/1909450/supremo/anula/los/ere/ayuntamiento/estepona/y/ugt/andalucia.html

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